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24/8/2023

Ahora, la propuesta de la oposición será elevada a la Cámara Alta para ser tratada y actualizar la ley con el objetivo de estabilizar el mercado inmobiliario en el país.


La oposición consiguió el quórum necesario para tratar las modificaciones a la Ley de Alquileres vigente en la sesión especial en la Cámara de Diputados y lograron la media sanción para que sea elevada a la Cámara Alta. Finalmente, lograron aprobar la propuesta con 125 votos a favor, mientras que por el lado del oficialismo se ausentaron figuras importantes.

Existían dos dictámenes emitidos por la Comisión de Legislación General hace más de un año: uno, el del oficialismo, que proponía mantener los puntos centrales de la actual ley que fija un plazo de tres años de contrato y una actualización anual de los alquileres en base a un índice que combina salarios e inflación, y otro, de la oposición, encabezado por JxC, que prevé reformar la ley vía modificación de los plazos de los contratos -2 años- y un esquema de ajuste cada 4 meses.

El dictamen de la mayoría, propuesto por los legisladores referenciados por Unión por la Patria, fue rechazado con 109 votos afirmativos y 131 negativos. Posteriormente, se votó el dictamen de minoría, iniciativa de autoría de Juntos por el Cambio, que fue aprobado por 125 a favor y 112 en contra.

Mientras que, por el lado de las ausencias más llamativas del oficialismo, se registraron las de Gisela Marziotta, el bancario Sergio Palazzo; el médico y ex funcionario de Kicillof, Daniel Gollán;, el del referente del Evita, Leonardo Grosso.

Ley de alquileres: qué dice el proyecto aprobado

La ley de Alquileres aprobada fue impulsado por distintos partidos que conforman Juntos por el Cambio (PRO, UCR, Evolución Radical, Coalición Cívica y otros aliados). Las principales modificaciones que propone son:

  • Duración: el plazo mínimo de duración de los contratos es de 2 años, volviendo al esquema anterior a la actual ley.
  • Aumentos de alquileres: se establece el mecanismo de "acuerdo entre las partes" para revisar los incrementos de los precios de alquileres "por intervalos de entre cuatro (4) y doce (12) meses" y "pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices".
  • Ingreso: no podrá exigirse al inquilino el pago de alquileres anticipados ni depósitos de garantía superiores a un mes.
  • Reparaciones: el propietario deberá hacerse cargo de las reparaciones urgentes en no más de 24 horas desde la notificación del inquilino y en no más de 10 días corridos en caso de reparaciones no urgentes.
  • Cancelación de contrato: el contrato puede ser resuelto antes de que expire su plazo por parte del inquilino, pero no antes de los primeros seis meses de contrato. Si la notificación se realiza con al menos tres meses de anticipación, no corresponde pago de ninguna suma.

 

 

 

Redacción Sesionar

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